lunes, 20 de mayo de 2013

Condenado a 30 años de prisión el 'doctor' César Pérez García por masacre de Segovia (Antioquia)


Después de 25 años de cometido este capítulo del exterminio contra la Unión Patriótica, la Corte Suprema de Justicia halló culpable al ‘cacique’ liberal antioqueño, quien está recluido en la cárcel de La Picota desde el 22 de julio de 2010.

El expresidente de la Cámara de Representantes y exrector de la Universidad Cooperativa de Colombia, César Pérez García, acaba de ser condenado a treinta (30) años de prisión y a la interdicción de derechos y funciones públicas por diez años, por la comisión de los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado.

Esta decisión fue tomada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el pasado 15 de mayo al encontrar al dirigente del Partido Liberal como "determinador" de la masacre de 45 personas en la población minera de Segovia, nordeste del departamento de Antioquia, en medio de la persecución y aniquilación de la que fueron víctimas al menos 1.800  miembros de la Unión Patriótica, partido reconocido en 1986 por el Consejo Nacional Eelectoral y que llegó a convertirse en la tercera fuerza política del país, quitándole terreno a los dos partidos tradicionales.

La “Masacre de Segovia” ocurrió en la noche del 11 de noviembre de 1988, cuando un ejército privado al mando de Alonso de Jesús Baquero, alias ‘Vladimir’ “en un acto demencial de retaliación política contra los habitantes de ese municipio”, acribilló en el parque principal del pueblo a Adalberto Lozano R., Carlos Enrique Restrepo C., Carlos Enrique Restrepo P., Diana María Vélez, Erika Milena Marulanda, Fabio Jaramillo, Fabio Sierra G., Francisco William Gómez M., Gildardo Antonio Restrepo C., Guillermo Osorio E., Guillermo de Jesús Areiza, Henry Alberto Castrillón, Jairo Rodríguez P., Jesús Aníbal Gómez, Jesús Antonio Benítez, Jesús Antonio García, Jesús Emilio Calle G., Jesús Orlando Vásquez Z., Jorge Luis Puerta L., José Abelardo Madrid, José Alberto Osorno B., José Danilo Amariles C., Juan de Dios Palacio M., Julio Martín Flórez O., Libardo Antonio Cataño A., Luis Adalberto Lozano R., Luis Ángel de Jesús Moreno S., Luis Eduardo Hincapié, Luis Eduardo Sierra, María del Carmen Idárraga,  María Dolly Bustamante, María Soledad Niño, Olga Agudelo B., Óscar de Jesús Agudelo, Pablo Emilio Gómez Ch., Pablo Emilio Idárraga O., Regina del Socorro Muñoz M., Roberto Antonio Marín O., Robinson de Jesús María Arena, Rosa Angélica Mazo A., Shirley Cataño P., Vidalia Orozco S. y tres personas más no identificadas, además de ocho heridos.

El documento de 114 páginas declara que Pérez García, identificado con la cédula de ciudadanía 2.856.396 de Bogotá, de profesión abogado, exdiputado, exrepresentante a la Cámara y exsenador de la República, nacido el 5 de agosto de 1935 en Remedios (Antioquia), no tiene derecho a la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni a la prisión domiciliaria, y en cambio tendrá que pagar por concepto de perjuicios morales el equivalente a 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de los hechos a Esperanza Noris Restrepo, 500 a Luz Marina Escobar C., 700 para María Patricia Restrepo, 500 para María Farney Castaño de Idárraga, 400 para Wilmer Idárraga C., 400 para Jhoanny Idárraga C., y 500 para Consuelo de Jesús Orozco de Agudelo.

Esta sentencia, contra la que no procede recurso alguno, lleva la firma de los magistrados José Leonidas Bustos, José Luis Barceló, Fernando A. Castro, María del Rosario González, Gustavo Malo F., Luis Guillermo Salazar O., y Javier Zapata Ortiz.

Previamente la Procuraduría General había advertido el exterminio de que fue blanco la UP bajo la consideración de que representaba el brazo político de la guerrilla de las Farc.

En concepto del Ministerio Público, no solo fue alias ‘Vladimir’ quien le atribuyó un rol preponderante como determinador de los hechos a Pérez García, “pues esa afirmación tiene un gran soporte en otras pruebas testimoniales, documentales, y en publicaciones de libros y del diario El Tiempo, que denotan que las acusaciones en su contra provienen de diferentes fuentes que convergen a demostrar la responsabilidad del procesado, el ejército y los paramilitares en lo acaecido el 11 de noviembre de 1988”.

También fue considerada la carta abierta a los ciudadanos de Segovia por parte del Movimiento Muerte a Revolucionarios del Nordeste, en la que se menciona a Pérez García como afín a ese grupo, y los testimonios de los paramilitares Iván Roberto Duque, alias ‘Ernesto Báez’, y Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, “quienes se refieren a las relaciones que tenía Pérez García con grupos ilegales y en especial con Henry Pérez, uno de los artífices del operativo en Segovia”, así como con el paramilitar Fidel Castaño.

La Corte Suprema al referirse a que existió un plan sistemático para eliminar a dirigentes y simpatizantes de la Unión Patriótica, tuvo en cuenta las palabras del santandereano Hernán Motta Motta, exrepresentante a la Cámara de la UP y quien tuvo que irse al exilio, cuando afirmó: “… (la) masacre de Segovia fue un castigo en mi opinión a la población como resultado del ascenso electoral y político de la UP… A mí me parece que es una relación muy elemental, seguramente si no hubiéramos ganado la alcaldía (con Rita Ivonne Tobón Areiza), si no hubiéramos alcanzado los siete escaños de los trece que conforman el concejo municipal de esa localidad, seguramente no hubiéramos sido objeto de la matanza de que fuimos víctimas y no se hubiera perpetrado la masacre de Segovia. Justamente fue por la presencia, por el ascenso electoral, social y político de la UP, como ocurrió en las demás regiones, como ocurrió en los Llanos Orientales, como ocurrió en el Magdalena Medio, como ocurrió en Santander, en el Tolima, en todas las partes donde tuvimos una destacada presencia como nueva fuerza política que irrumpe en el panorama nacional y local, manera que yo señalaba esto como un antecedente, como un registro histórico de las circunstancias más generales que rodean la masacre”.

Pese a que la defensa alegó que César Augusto Pérez García “no fue enemigo de la izquierda sino aliado de la misma” y que alias ‘Vladimir’ es “un testigo de oídas”, la Corte Suprema de Justicia expresa que el manifiesto del grupo paramilitar permite “comprender las siempre inexplicables connotaciones de un hecho que surge de personajes que desde la ultraderecha con el apoyo de agentes estatales, no estaban dispuestos a ceder espacios a una organización que, desde su particular punto de vista, tenía afinidades políticas con organizaciones o grupos al margen de la ley”.

La Corte señala que la justicia probó la vinculación de orgánicos del Ejército Nacional en la acción de Segovia y estancias de mercenarios en el Batallón Bomboná, hechos que se constituyen en antecedentes inmediatos de un acuerdo siniestro que alias ‘Vladimir’ ejecutó y que pese al pacto de silencio propio de estas organizaciones, años después dio a conocer a la justicia.

Al explicar que no hay duda alguna que quienes concurrieron a la ejecución de la masacre se concertaron previamente, la Corte subraya que “el acusado asumió los propósitos que motivaron al grupo ilegal, sobre todo, la persecución que realizaban contra los grupos subversivos, la población que eventualmente los apoyaba y, de manera más concreta, los militantes y partidarios (población civil) de la Unión Patriótica, disidentes de la tradición política impuesta en las regiones por los partidos políticos tradicionales, como es el caso del Partido Liberal que lideraba César Pérez García en la región de Segovia, de modo que el concierto para delinquir es incuestionable”.

“Es más, la consideración que ha hecho la Sala de los acontecimientos ocurridos en el municipio de Segovia como delitos de lesa humanidad, en atención a que este suceso fue consecuencia de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, supone necesariamente un acuerdo de voluntades que permanece en el tiempo y que afecta la seguridad pública, bien jurídico cuyo riesgo se incrementó por la persistencia de las acciones de este grupo ilegal (las autodefensas)”.

En  concepto de la Corte Suprema, “no se puede decir que Pérez García participó de un segmento de una acción ejecutada por un colectivo ilegal, sino que fue parte de un acuerdo que perduró en el tiempo y que incrementó, por ese solo hecho, el riesgo contra la seguridad pública como bien jurídico funcional”.

Para la Corte, “existen hechos y circunstancias que fueron escuchadas en el proceso mucho antes que ‘Vladimir’ rindiera su versión y en las que se mencionan aspectos que vinculan al político liberal, lo cual permite darle soporte y una mayor envergadura a las atestaciones que ofreciera Baquero. Por ello resulta claro que la Sala le otorgue pleno crédito a sus afirmaciones porque no surgen de la fantasía del deponente sino que encuentran apoyo en episodios narrados por otros actores del proceso”.

No todo comienza y termina con la declaración de alias ‘Vladimir’, advierte la Corte, “porque mucho antes ya se escuchaba el nombre de César Pérez García en calidad de gestor de los hechos”. Situación que resulta de vital importancia para la Sala Penal, “en el entendido que lo construido en el expediente no surge a partir del ‘veleidoso declarante’, según lo refiere la defensa en conjunto, sino que sus manifestaciones son una parte del recaudo probatorio que se encuentra en el proceso y que permite, al construir un análisis armónico, determinar no sólo los artífices de la comisión sino a quienes actuaron en la sombra para acordar la realización de estos hechos, amparándose como el acá investigado, en su prestancia, que para la época ostentaba en el concierto local, departamental y aún nacional”.

Alias ‘Vladimir’ señaló a Henry Pérez y Fidel Castaño, líderes de los ejércitos del paramilitarismo, de haber discutido con César Pérez García el operativo que finalmente se ejecutó, lo cual expuso en la ampliación de indagatoria del 29 de noviembre de 1995, lo reafirmó en la declaración del 10 de enero de 1996, y lo confirmó en la diligencia de indagatoria del 29 de febrero de 1996, cuando dijo: “Hay un Senador o Representante a la Cámara, no recuerdo qué era para ese entonces, en esa época perdió las elecciones en Segovia y su nombre es César Pérez García, a raíz de eso él fue y buscó a Fidel Castaño para que lo ayudara a sacar a la UP de Segovia. Fidel Castaño lo contrato, corrijo, lo contactó con Henry Pérez, que en ese tiempo era uno de los jefes paramilitares en Puerto Boyacá. Henry Pérez se reunió con los dos en Medellín, con Fidel Castaño, César Pérez y Henry Pérez. Después de eso Henry me citó a la reunión en Puerto Boyacá. Henry me comentó todo, lo comentado, lo ocurrido en la reunión y me preguntó si conocía a un señor César Pérez, yo le dije que no, pero que sabía que era un jefe político del partido liberal en Segovia. Entonces me colocó un caset en donde yo escuché la voz de César Pérez donde les pedía ayuda para sacar a la UP y a la guerrilla de Segovia. Entonces Fidel Castaño le decía que tranquilo, que eso ya estaba en manos del jefe, refiriéndose a Henry Pérez y el señor (César) Pérez le decía que le colaboraba con lo que fuera necesario pero que él no podía perder esa región, en Segovia”. También alias ‘Vladimir’ delató a los miembros del Ejército Nacional que facilitaron el operativo paramilitar y fue fundamental para su condena.

Refiriéndose a ese tipo de encuentros clandestinos, alias ‘Ernesto Báez’ señaló en su declaración: “…alguna vez, fui a Puerto Berrío (Antioquia)… estando allí me invitaron a un almuerzo en una finca, yo no sé si existe actualmente, de pronto sí, se llama Sebastopol, me llamó mucho la atención porque me dijeron que en ese almuerzo va a estar don Henry Pérez, no sabía yo, señora magistrada, que está en Puerto Berrío, que la finca queda relativamente cerca de Puerto Berrío, quiero recalcar que en muchos encuentros que yo tenía con Henry desconocía a mucha gente que lo visitaban, sin embargo pues para ser concreto para los efectos que persigue esta investigación señora magistrada, yo fui a la finca Sebastopol, allá me encontré con Henry, sus escoltas…”. Y precisó: “… un Mayor, no recuerdo señora magistrada cómo se llama, se identificaba como Mayor de la décimocuarta brigada, dicho sea de paso que Henry tenía muy buenos contactos con las autoridades, las autodefensas todas, y allá había un político, me lo presentaron, nunca lo había visto en mi vida, me dijo se llama César Pérez García. Me lo presentó directamente Henry Pérez. Almorzamos en esa finca, fue un encuentro primero inesperado; además absolutamente informal. Se conversó de política, yo incluso estuve hablando porque yo todavía era secretario de Acdegam, la filiación mía ha sido al partido liberal, entonces me pareció muy interesante haber conocido este señor allá. Yo no lo conocía, en lo personal quiero referirme a eso, pero allá se mencionaba en esa época, distinto ahora, se mencionaba mucho acerca de dirigencia en Antioquia, era un Congresista, recuerdo que hablamos mucho de una cosa que en esa época estaba muy en boga que era la consulta popular…”.

Esta referencia es esencial para apreciar el testimonio de alias ‘Vladimir’, dice la Corte, pues alias ‘Ernesto Báez’ “confirma los nexos entre Henry Pérez y César Pérez García, que no habrían tenido porqué suceder en circunstancias normales por los vínculos ilegales del primero y la institucionalidad que representaba el otro”.

La unidad y universalidad del testimonio de alias ‘Vladimir’, le permite asegurar a la Corte Suprema que “César Pérez García fue el gestor de esa causa criminal, por el respaldo que encuentra en declaraciones que demuestran los vínculos entre el político y las organizaciones al margen de la ley”.

La Corte igualmente concluye que “aparte de su indiscutible relación con grupos ilegales de autodefensas, es un aspecto probado que César Pérez García fue el más afectado con el ascenso de la Unión Patriótica, como quiera que siempre mantuvo el poder local en modelos estatales en donde las autoridades locales no se elegían sino que se designaban”.

Y si acaso se requería que fuera más contundente en su testimonio, alias ‘Vladimir’ precisó: “Después de la masacre nosotros tuvimos una reunión con Fidel Castaño, con el Coronel Navas, en Sebastopol, y Henry de Jesús Pérez; y Fidel Castaño lleva allí un mensaje de agradecimiento de César Pérez… nos decía, bueno de parte de César Pérez muy agradecido, muy contento, todos estamos muy felices, así es que se trabaja ‘Vladimir’, mire que sí se puede hacer las cosas…”.

Esas muestras de complacencia o agradecimiento, “no sacan avante la inocencia de Pérez García, por el contrario, coadyuvan a consolidar lo que se viene diciendo acerca de su responsabilidad”.

Hastiados del clientelismo de los partidos tradicionales, los segovianos optaron por una alternativa diferente (la Unión Patriótica) en la primera elección popular de alcaldes. Es ahí donde aparece la voz de Hernán Darío Londoño, quien asevera: “Nosotros acá como liberales de tradición siempre hemos apoyado las listas que encabeza César Pérez García, entonces como aquí había mayoría liberal y nosotros liberales queríamos que el municipio le diera una casa a Arminda, entonces las casas las repartieron y a la señora no le dieron casa, entonces por esa razón todos nosotros nos resentimos y no quisimos acompañar al Directorio Liberal y seguramente con esa negativa del voto liberal firmamos la sentencia de muerte…”.

Después de un cuarto de cometida esta masacre, la justicia se ha pronunciado y el  “doctor” César Pérez García se convierte en el primer ‘cacique’ condenado por el exterminio de la UP. En Segovia aún se oye el eco de los fusiles R15 y las granadas de fragmentación que esa noche de 1988 sembraron la muerte en los bares Johnny Kay, El Amañadero y el kiosco del parque principal, así como en las viviendas a donde los paramilitares fueron a buscar a sus víctimas.


“Si algo queda claro del análisis probatorio es que César Pérez García, además de incurrir en la comisión del delito de concierto para delinquir, también persuadió a la máxima jerarquía del grupo armado dirigido por Henry de Jesús Pérez a ejecutar la acción del 11 de noviembre de 1988”, más conocida como la Masacre de Segovia, dictaminó la Corte Suprema de Justicia.

1 comentario:

  1. Eduardo Luis Buitrago Agón20 de mayo de 2013, 19:43

    Felicitaciones por ser periodista y no tener precio, Pastor.

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